08/10/2026 - Edición Nº492

Interes general

AGUA POTABLE

La Corte Suprema falló contra ABSA por el arsénico en el agua y le ordenó realizar obras en seis meses

07:14 | La Justicia dejó firme una sentencia que obliga a la empresa a garantizar agua potable en Bragado, donde se detectaron niveles de arsénico superiores a los permitidos.



La Corte Suprema de Justicia de la Nación dejó firme una sentencia que obliga a Aguas Bonaerenses S.A. (ABSA) a realizar las obras necesarias para garantizar la calidad del agua potable en la ciudad bonaerense de Bragado.

La resolución representa un nuevo revés judicial para la empresa prestataria, que había cuestionado la obligación de adecuar el servicio a los parámetros de potabilidad exigidos.

El máximo tribunal rechazó el recurso presentado por ABSA y ratificó la orden judicial que establece un plazo máximo de seis meses para ejecutar las obras necesarias destinadas a reducir la concentración de arsénico en el suministro.

Detectaron niveles de arsénico hasta siete veces superiores al valor de referencia

El conflicto judicial comenzó en 2013, cuando vecinos de Bragado impulsaron un reclamo por la calidad del agua que recibían en sus viviendas.

Los estudios técnicos realizados por especialistas de la Facultad de Farmacia y Bioquímica de la Universidad de Buenos Aires (UBA) detectaron concentraciones de arsénico de hasta 0,07 miligramos por litro.

Ese registro equivale a siete veces el valor de referencia de 0,01 miligramos por litro utilizado para el agua destinada al consumo humano.

A partir de esos resultados, los vecinos presentaron una acción de amparo contra ABSA y el Gobierno bonaerense para exigir medidas que garantizaran un suministro acorde con los parámetros sanitarios correspondientes.

Una batalla judicial que comenzó hace más de una década

En 2021, el Juzgado de Garantías del Joven N.º 1 de Mercedes ordenó a ABSA iniciar las obras necesarias para asegurar la calidad y potabilidad del agua de red.

La sentencia estableció que los parámetros físico-químicos y microbiológicos debían ajustarse a la normativa vigente, con especial atención a la presencia de arsénico.

La empresa apeló, pero la Cámara de Apelaciones en lo Contencioso Administrativo de San Martín confirmó la decisión.

Posteriormente, la Suprema Corte bonaerense también rechazó el recurso extraordinario presentado por la prestataria.

ABSA decidió entonces llevar el caso ante la Corte Suprema de la Nación, argumentando que la sentencia interfería en las facultades regulatorias de la Provincia de Buenos Aires.

Qué resolvió la Corte Suprema

Los jueces Horacio Rosatti, Carlos Rosenkrantz y Ricardo Lorenzetti declararon inadmisible el recurso presentado por la empresa.

Con esa decisión, quedó firme la obligación de avanzar con las obras para garantizar que el agua distribuida en Bragado cumpla con las condiciones de potabilidad establecidas.

La sentencia no se limita a exigir controles: obliga a realizar intervenciones concretas en la infraestructura del servicio.

El fallo también deja en evidencia la importancia de los controles sanitarios y del cumplimiento de los estándares de calidad en el suministro de agua de red.

Qué significa el fallo para los usuarios de ABSA

La resolución judicial se refiere específicamente al servicio de agua potable en Bragado y no implica que se hayan comprobado los mismos niveles de arsénico en La Plata, Berisso, Ensenada u otras localidades atendidas por ABSA.

Sin embargo, el pronunciamiento constituye un antecedente relevante respecto de las obligaciones de las empresas prestatarias de garantizar la calidad del agua que llega a los hogares.

Tras más de una década de reclamos, la Justicia dejó firme la exigencia de ejecutar las obras necesarias para asegurar agua potable en Bragado.